Normatividad y Transparencia

Normas y compromiso transparente.

Acceso a salud sin barreras ni intermediación del usuario

Acceso a salud sin barreras ni intermediación del usuario

Tu salud sin trámites innecesarios

Un servicio fluido, ágil y transparente

En Emssanar EPS, comprendemos profundamente que tu salud y el bienestar de tu familia no pueden esperar. Nuestro principal objetivo institucional es ser el equipo que te acompaña en cada etapa de tu vida, garantizando un servicio integral desde la prevención hasta la rehabilitación.

En fiel cumplimiento de la Circular Conjunta 019 de 2025, emitida por el Ministerio de Salud y la Superintendencia Nacional de Salud, reafirmamos nuestro compromiso con la eliminación de barreras administrativas.

Circular conjunta 019 de 2025

Eliminación de barreras administrativas y garantía de acceso oportuno a servicios y tecnologías médicas.

Consultar circular externa 019

¿Qué significa la eliminación de la intermediación del usuario?

La "intermediación del usuario" se define como aquel escenario obsoleto en el cual al paciente se le exigía gestionar por su cuenta las autorizaciones ante la entidad de salud, una práctica que actualmente está estrictamente prohibida por la Circular 019 de 2025.

El nuevo lineamiento establece que el trámite de autorización debe ser asumido de manera exclusiva y directa entre Emssanar EPS y el prestador de servicios. El usuario ya no debe presentar órdenes físicas ni gestionar renovaciones administrativas.

Eventos de salud con eliminación total de autorizaciones

Atención de urgencias: Atención inmediata en cualquier hospital sin documentos ni pagos previos.
Pacientes con VIH/SIDA: Atención integral requerida sin barreras administrativas.
Cáncer infantil y en adultos: Acceso efectivo y continuo a todo el tratamiento oncológico.
Rutas integrales de atención en salud (RIAS): Prevención y mantenimiento de la salud.
Eventos priorizados por política pública: Atenciones prioritarias para poblaciones vulnerables.

Tu "carta de derechos" frente a los trámites administrativos

No realizar trámites de la EPS

El médico inicia la solicitud de autorizaciones; la EPS debe tramitarlas sin trabas ni demoras.

Continuidad de la atención

Tratamientos clínicos no pueden ser interrumpidos por trámites administrativos.

Pacientes hospitalizados

La clínica realiza todos los trámites internos; el paciente no debe salir a buscar aprobaciones.

Atención sin barreras de identificación

Identificación únicamente con documento de identidad oficial, sin exigir carné.

Acceso a tecnologías no financiadas (el proceso MIPRES)

El médico formula en la plataforma web oficial MIPRES durante tu consulta. Se te entregará una orden con un "Número de Prescripción MIPRES". Emssanar EPS coordina internamente con la red de farmacias o clínicas para garantizar la entrega del servicio. Si el médico lo marca como urgente, respondemos en máximo 1 día calendario.

Tus deberes para un sistema de salud ágil

Actualización de datos de contacto (teléfono y dirección) para notificaciones digitales.
Uso racional de los servicios: Asistir puntualmente a citas y usar urgencias solo para emergencias reales.
Información veraz: Brindar información completa y honesta al personal médico y administrativo.

Vigilancia, control y canales de protección (PQRD)

Si una clínica o institución te exige hacer el trámite de autorización presencialmente, está incurriendo en un incumplimiento legal grave que puede acarrear sanciones. Puedes reportarlo a la Superintendencia Nacional de Salud (Supersalud) o a través de nuestro sistema PQRD.

Línea gratuita nacional

01 8000 930 942

WhatsApp

311 609 7426

Priorización: Riesgo vital (máx. 12h) | Riesgo priorizado (máx. 36h) | Riesgo simple (máx. 72h)

Accede a servicios de salud sin trámites ni barreras, con atención oportuna, continua y centrada en tus derechos

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