Régimen Subsidiado

Tu salud y bienestar son nuestra prioridad.

Plan de Beneficios en Salud

El plan de beneficios en salud: Tu derecho a la atención integral

En Emssanar EPS cuidamos tu salud cada día con programas para prevenir, orientar y ayudarte a vivir mejor.

El sistema general de seguridad social en salud

El Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS) en Colombia ha evolucionado para garantizar que la salud no sea solo la ausencia de enfermedad, sino un estado integral de bienestar. En este contexto, el Plan de Beneficios con Cargo a la UPC se constituye como el conjunto de servicios y tecnologías a los que tienes derecho como afiliado a Emssanar EPS.

Ley Estatutaria 1751 de 2015

La salud es un derecho fundamental autónomo e irrenunciable. El médico tiene la autonomía profesional para prescribir lo que el paciente requiere, siempre bajo criterios de ética, racionalidad y evidencia científica.

¿Qué es el plan de beneficios en salud (PBS)?

El Plan de Beneficios es el instrumento que materializa tu derecho fundamental a la salud. Financiado a través de la Unidad de Pago por Capitación (UPC), este plan te permite acceder a una ruta completa de cuidado que abarca desde la promoción y prevención hasta la paliación.

Promoción de la salud

Prevención de la enfermedad

Atención y tratamiento

Recuperación y rehabilitación

La autonomía médica y el acceso a tecnologías

Tienes derecho a todos los servicios y tecnologías que, a juicio de tu médico tratante, sean necesarios para tu salud. Esto incluye:

Actividades y procedimientos quirúrgicos y no quirúrgicos.
Insumos médicos de alta calidad.
Medicamentos incluidos en el listado oficial de financiación UPC.
Tecnologías que no han sido explícitamente excluidas por la norma.

Servicios y tecnologías incluidas en el plan de beneficios

Promoción y prevención

Programas de vacunación, planificación familiar y control prenatal.

Consulta externa

Medicina general y todas las especialidades médicas reconocidas.

Apoyo diagnóstico

Laboratorio clínico, radiología, ecografías y tecnologías de alta complejidad.

Hospitalización y cirugía

Atención en todos los niveles, incluyendo cuidados intensivos.

Medicamentos

Contemplados en el listado oficial financiado por la UPC.

Ampliar información

Usted tiene derecho a todos los servicios que su médico tratante considere necesarios para su recuperación, siempre que no existan restricciones legales explícitas.

Criterios de exclusión: ¿Qué no cubre el plan?

Según el artículo 15 de la Ley 1751 de 2015 y la normativa vigente, existen servicios que no pueden ser financiados con recursos públicos de la salud:

Finalidad principal estética o cosmética.
No existir evidencia científica sobre su seguridad y eficacia clínica.
No haber sido autorizados por la autoridad competente (INVIMA).
Encontrarse en fase de experimentación.
Prestados en el exterior (salvo excepciones muy puntuales de ley).

POS Pópuli: Tu herramienta de consulta dinámica

POS Pópuli

¿Cómo funciona? A través de un sistema de búsqueda, usted podrá verificar si un procedimiento o fármaco específico hace parte de su derecho básico. Puede consultar POS Pópuli desde cualquier dispositivo móvil o computador, resolviendo inquietudes de manera inmediata sin necesidad de intermediarios.

Instituciones y recursos para el cumplimiento de derechos

Superintendencia Nacional de Salud

Ente encargado de vigilar y controlar la prestación del servicio.

Defensoría del Pueblo

Asesoría legal en la protección del derecho fundamental a la salud.

Personerías municipales

Acompañamiento y garantía de derechos a nivel local.

Ampliar información

La normativa nacional establece que la salud es un derecho fundamental y las instituciones deben remover cualquier obstáculo administrativo que impida el acceso oportuno.

Negación de servicios: ¿Qué hacer?

La negación de un servicio incluido en el PBS es una falta grave. En caso de que un servicio sea negado, la EPS tiene la obligación de entregar una respuesta técnica y legal por escrito (formato de negación).

Usted tiene derecho a conocer las razones médicas o administrativas de dicha decisión.

Puede solicitar la revisión del caso ante el Comité Técnico-Científico o las instancias correspondientes.

Ampliar información

Recuerde que ante una urgencia vital, la atención no puede ser condicionada a pagos previos o autorizaciones administrativas.

Tu salud es un derecho fundamental respaldado por la ley y nuestro compromiso. Conoce a fondo tus beneficios y haz uso responsable de los servicios de prevención

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